Se suelen señalan como principios orientadores del derecho matrimonial los siguientes:
- Matrimonio civil disoluble;
- Protección del matrimonio y de la familia;
- Protección al cónyuge más débil;
- Respeto y protección de la autonomía en la reglamentación de las relaciones personales y patrimoniales; y
- Igualdad de trato en el ámbito de las relaciones personales y patrimoniales.
En este apartado, revisaremos tres de estos principios y los analizaremos a la luz del enfoque de género; nos referimos a los principios de protección del matrimonio y la familia, protección al llamado “cónyuge más débil” y al principio de la igualdad de trato, centrándonos posteriormente en las relaciones patrimoniales, analizando el régimen de sociedad conyugal en un siguiente apartado.