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El Protocolo Facultativo de la CEDAW

Aunque la CEDAW significó un gran paso en la defensa de los derechos humanos de las mujeres, prohibiendo toda forma de discriminación contra ellas, no contemplaba ningún mecanismo a través del cual la transgresión a  esta prohibición pudiese ser sancionada.

Por lo anterior, la División para el Adelanto de la Mujer en 1991 solicitó al Secretario General de Naciones Unidas la adopción de un protocolo facultativo, que finalmente fue aprobado por la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer (CSW) y la Asamblea General de la ONU en 1999.

El Protocolo Facultativo de la CEDAW (OP-CEDAW), por las siglas en inglés de Optional Protocol to the Convention on the Elimination of All Forms of Discrimination against Women) entró en vigor el año 2000 y actualmente ha sido ratificado por 109 países, entre los cuales no se encuentra el nuestro, a pesar de haberlo firmado el 10 diciembre de 1999 (estatus de firma y ratificación disponible al hacer clic aquí).

La no ratificación del OP-CEDAW es relevante, en cuanto el reconocimiento de un derecho sin la existencia de mecanismos de protección adecuados no permite generar procesos que garanticen su cumplimiento. En este sentido, el Protocolo se constituye como una herramienta adicional a la CEDAW, que permite a su Comité garantizar, por medios cuasi-jurisdiccionales, los derechos de las mujeres reconocidos en la Convención.

Este cuadro muestra los Estados que han ratificado el Protocolo Facultativo de la CEDAW (azul marino), a los países que lo han firmado (celeste) y quienes no se han pronunciado sobre sus disposiciones (naranjo). Este y otros mapas interactivos están disponibles al hacer clic aquí