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Comunicaciones individuales

Pueden presentar comunicaciones individuales o denuncias ante el Comité CEDAW las personas o grupos de personas que aleguen ser víctimas de una violación por un Estado parte de cualquiera de los derechos contenidos en la Convención. La comunicación también puede ser presentada a nombre de las personas o grupos de personas que hayan sufrido una vulneración de derechos, con su consentimiento, a menos que se justifique el actuar del autor de la denuncia sin tal consentimiento (artículo 2).

Vea el siguiente esquema elaborado por la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos, que en su Folleto Informativo Nº 7 (2013) explica el procedimiento para presentar denuncias individuales en virtud de tratados de derechos humanos de las Naciones Unidas, proponiendo el siguiente esquema general (página 13).

Diagrama de tramitación de los casos