Permiso pagado de 5 días en caso de nacimiento de un hijo, el que puede utilizar a su elección: desde el momento del parto en días corridos, o distribuirlos dentro del primer mes desde la fecha del nacimiento (Artículo 195 inciso 2°).
Permiso pagado de 5 días en caso de que se conceda la adopción de un hijo (Artículo 195 inciso 2°).
Permiso postnatal parental, la madre puede traspasar parte del permiso postnatal parental al padre a partir de semana 7ª. ¿qué traspasa? Traspasa semanas, las que pueden ser mínimo 1 y máximo 6 (en modalidad jornada completa); pero si la madre decidió tomar 18 semanas a media jornada, puede traspasar un máximo de 12 semanas en media jornada (Artículo 197 bis inciso 8°).
En ambos casos, las semanas utilizadas deben ser las semanas finales del período de descanso y habrá derecho también a un subsidio maternal.
En caso de muerte de la madre durante el parto o el período posterior a éste, corresponderá al padre cumplir el permiso postnatal o el resto de él para el cuidado del hijo, el fuero maternal y el subsidio correspondiente (Artículo 195 inciso 3°).