Para finalizar esta semana de trabajo, te dejamos un detalle con ideas claves de los contenidos abordados:
Tanto los estereotipos como los roles de género, no solo se traducen en el hecho de atribuir a una persona por su sexo ciertas características y conductas (dulce, fuerte, racional, emotiva) sino, además, la responsabilidad de desempeñar ciertas labores.
La atribución de roles tiene una distinta valoración social, es así, como el trabajo productivo (asociado a lo masculino) tiene una mayor valoración que el trabajo doméstico (asociado a lo femenino), por lo mismo el primero es “remunerado”, en cambio el trabajo doméstico es “no remunerado”.
La segregación de género en el ámbito del trabajo implica un acceso diferenciado entre hombres y mujeres a ocupaciones y puestos de trabajo, ramas y categorías ocupacionales.
Muchas veces se sostiene que las mujeres pueden lograr superar la segregación laboral, tanto la vertical como la horizontal, sin embargo, muchas veces ello exige ser “super mujeres” cumpliendo con los roles de género impuestos en el ámbito doméstico (procreación y cuidados) y por otra parte cumplir en lo laboral.
La brecha salarial corresponde a la diferencia existente entre los salarios medios de los hombres y los de las mujeres, expresada como un porcentaje del salario masculino.
El Código del Trabajo contempla, en el artículo 62 bis, que:
“El empleador deberá dar cumplimiento al principio de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres que presten un mismo trabajo, no siendo consideradas arbitrarias las diferencias objetivas en las remuneraciones que se funden, entre otras razones, en las capacidades, calificaciones, idoneidad, responsabilidad o productividad”.