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¿Cuál es el mecanismo de seguimiento de la Convención de Belém Do Pará?

Para lograr una implementación efectiva de la Convención en el ámbito interno de los Estados, es necesario un proceso de evaluación y apoyo contínuo e independiente.

Con miras a este objetivo, en 2004 la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM) estableció el Mecanismo de Seguimiento a la Convención de Belém do Pará (MESECVI), “diseñado para dar seguimiento a los compromisos asumidos por los Estados Parte de la Convención, contribuir al logro de los propósitos establecidos en ella y facilitar la cooperación técnica entre los Estados Parte, así como con otros Estados Miembros de la OEA y Observadores Permanentes. Se basa en los principios de soberanía, no intervención, e igualdad jurídica de los Estados contenidos en la Carta de la OEA, debiendo respetar los principios de imparcialidad y objetividad en su operación, a fin de garantizar una aplicación justa y tratamiento igualitario entre los Estados Parte” (CIM, 2012).